
Los afiliados al Decreto Ley N° 19990, que, a pesar de contar con por lo menos catorce años de aportaciones reconocidos por la ONP, pero tienen más y por carecer de la documentación sustentaría para acreditarlos no logran su reconocimiento, ya tienen una nueva oportunidad para completar la cantidad necesaria.
Y de esta forma podrán acceder a una pensión de jubilación, o que sus familiares inmediatos (viuda o huérfanos, por ejemplo), puedan reclamar una pensión de derechos derivado. Esto es posible con una simple declaración jurada.
Con este mecanismo es posible reconocer los aportes realizados hasta el período: junio de 1999, por los afiliados obligatorios.
PRÉSTAMO
De otro lado, afiliados con 17 años de aportes ya pueden acceder a un préstamo o crédito previsional por 3 años o 36 Unidades de Aporte (UdA), para completar los 20 años (240 Unidades de Aporte-UdA) requeridos, y acceder a una pensión mínima de S/500.
SOLICITAR
Se tiene la opción de solicitar la pensión de jubilación y pagar el monto en una sola armada, o se puede pagar el préstamo a través de un descuento mensual en la pensión.
Si recibe una pensión de jubilación por el régimen general de pensiones, el descuento no será mayor al 30% de su pensión.
DESCUENTO
El porcentaje que se descontará de la pensión mensual depende del promedio de las últimas 60 remuneraciones o el 13% de la remuneración mínima vital.



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