POR INVALIDEZ, RECÁLCULO: PENSIÓN PARA FF.AA. Y PNP

Escribe Francisco Guzmán

El personal militar de las Fuerzas Armadas (FF.AA.) y de la Policía Nacional del Perú (PNP), del Decreto Ley 19846, tiene derecho a percibir la pensión y beneficios adicionales que venían percibiendo hasta la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1132, publicado el 9 de diciembre de 2012, entre estos: el derecho a la ración orgánica única.

Así los señala la reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) dada sobre el expediente N° 00585-2022-PA/TC. El segundo párrafo de la segunda disposición complementaria final del Decreto Legislativo 1133 es equivalente a la denominada ‘remuneración consolidada’.

Todos los detalles, en la edición impresa de su Diario Nuevo Sol

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