
Escribe: Francisco Guzmán
Los jubilados del Sistema Nacional de Pensiones e icluso de los exafiliados retornados tras desafiliarse del Sistema Privado de Pensiones (SPP), de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), pueden recibir su justo pago por devengados y pensión.
Es al estar vigente la Ley N° 30927 que faculta a la ONP a conciliar, desistirse, transigir o allanarse en los procesos judiciales en materia previsional del réimen del Decreto Ley 1990, que permitirá a estos cobrar de inmediato sus aumentos y devengados reclamados.
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